La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 50 recoge la Concesión del Distintivo de Igualdad.
Con el Distintivo se reconoce la labor de aquellas empresas que se han distinguido por la implantación de políticas de igualdad dirigidas a promover la igualdad entre mujeres y hombres, en la participación en todos los ámbitos de la empresa.
El distintivo que tendrá una vigencia de tres años y se convocará anualmente, se podrá utilizar tanto en las relaciones comerciales de la empresa que lo posea como con fines publicitarios.
Asimismo, las empresas distinguidas con esta marca de excelencia, deberán remitir un informe anual que será evaluado por la Dirección General para la Igualdad en el Empleo y contra la Discriminación.
Este año se han concedido estos distintivos a 36 empresas españolas
Fuentes:
Orden ministerial por la que se crea el registro de de las emrpesas con distintivo de igualdad en la empresa
El Pais (17-4-2011): La igualdad atrae clientes
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